Importación

Puede estar seguro de que le ayudaremos en sus procesos de importación del modo más sencillo y eficiente posible. Nuestros representantes están en constante formación y se mantienen al tanto de los cambios y oportunidades que se presentan en el mercado internacional.

Cuando realizamos una importación, es decir la adquisición de un bien procedente de otro país, debemos tener en cuenta que el despacho a través de la aduana implica la realización de una serie de trámites, que serán más o menos complejos dependiendo del lugar de origen de la mercancía. Existen países con los que se opera en régimen de libertad comercial absoluta y otros que precisan licencia de importación.

Cuando la mercancía llega a la Aduana se le asigna uno de los Códigos de arancel integrados en la Comunidad Europea. El código está formado por diez dígitos y sirve para clasificar los bienes importados. El importador deberá abonar las tas tarifas arancelarias, que son los impuestos que se pagan por introducir la mercancía en nuestro país.

El arancel puede determinarse a porcentaje o tener un importe fijo, dependiendo del producto y del país de origen. El titular de la operación liquidará también el IVA y los impuestos especiales, a no ser que el país de origen forme parte del territorio aduanero de la Unión Europea, en cuyo caso estos trámites no serán necesarios.

Si importamos productos de fuera de la UE, se exigen una serie de documentos administrativos y comerciales que deben acompañar la mercancía.

  • Documento Único Administrativo de la Importación(DUA). Es el documento que sirve de soporte a la declaración aduanera. La información sobre la mercancía que recoge proporciona la base para la declaración tributaria. Está formado por ocho ejemplares y una autorización para la recogida de la mercancía.
  • Certificados de origen de la mercancía y de circulación.
  • Contrato de compraventa, factura comercial o lista de contenido (Packing List).
  • Documentos de transporte: «Conomiento de embarque» (comúnmente llamado B/L) en el caso de que el medio de transporte sea marítimo; carta de porte si el medio fuera terrestre o contrato de transporte aéreo (AWB) si fuera aéreo.
  • Póliza de seguros.
  • Certificados e inspecciones de importación. Documentos emitidos por los organismos oficiales del país de origen que certifican que la mercancía cumple con los requisitos exigidos en destino (certificado CITES, certificado sanitario y fitosanitario, certificado veterinario….

Las importaciones procedentes de países de la UE obligan a cumplimentar el INTRASTAT. Este informe estadístico recoge los datos referidos al volumen de comercio intracomunitario. Cualquier persona física o jurídica residente en un estado miembro que intervenga en una operación comercial está obligada a presentarlo, siempre y cuando el importe a declarar exceda de 250.000 euros.

Los trámites de importación en Aduanas puede realizarlos el propio importador, pero también se puede recurrir a la intermediación de un agente o agencia de aduana. De este modo evitaremos complicarnos con una documentación que no siempre es fácil de entender y de diligenciar.

 

 

 

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